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En materia de reducción de CO2 Colombia no se ha quedado atrás y nuestras instituciones del sector energético están haciendo historia en materia de la normatividad aplicable para la generación de energía eléctrica baja en carbono.

Estamos presenciando la  creación de incentivos,  reglas,  derechos  y  condiciones  focalizadas  en  alcanzar  la  reducción  de  emisiones  de  CO2  en  un  30  %  para  el  año  2030, incluso el año pasado a través de la Ley 1844 de 2017, Colombia aprobó el "Acuerdo de París" y con lo cual nos acogimos a cumplir con la reducción de emisiones de efecto invernadero,  en  conjunto,  estas  medidas  se  pueden  identificar  como  un  compendio  que  refleja  la  política  de  descarbonización  en  Colombia. Un ejemplo de esa buena intención quedó anotado recientemente en los lineamientos  que  el  Ministerio  de  Minas  y  Energía  trazó  con  el  Decreto  550  expedido  este  año,  en  el  cual  definió  unos  objetivos  para  implementar  un  mecanismo  que  promueva  la  contratación  de  largo  plazo  para  los  proyectos  de  generación  de  energía  eléctrica. Sin embargo, el mecanismo no es para cualquier tipo de generación  de  energía,  la  instrucción  que  dio  el  Ministerio  es  que  se  debe  procurar  la  reducción  de  las  emisiones  de  gases  de  efecto  invernadero  del  sector  de  generación  de  energía  eléctrica,  lo cual resulta coherente con los  compromisos pactados.

No obstante, continúan llegando proyectos  de  generación  de  energía  a  través  de  recursos  poco  amigables  con  el  medio  ambiente,  los  cuales,  a  través  de  técnicas  especializadas  intentan  forzadamente  alinearse  a  los  objetivos  de  reducción  de  las  emisiones  de  gases  de  efecto  invernadero,  con  una  peligrosa  particularidad  que  va  en  contravía  de  nuestras  políticas  de  descarbonización,  y  es  que  con  bajos  costos  de  producción  estos  proyectos  pueden  llegar  a  desplazar  a  las  pequeñas  centrales  hidroeléctricas  o  PCHs,  a  la  generación  con  gas  natural  o  a  las  fuentes  de  generación  de  energía  con  renovables,  las  cuales  sí  generán  energía  con  baja  producción  de  emisiones  contaminante  y  alivian  el  calentamiento  global. 

Para mantener la senda marcada por nuestra política de descarbonización, una medida es promover el gas natural vehicular como herramienta de  transición en  el  transporte de carga pesada, público y de transporte  marítimo. Otra medida pero a nivel de generación  de  energía  eléctrica, es que  las  autoridades  del  sector  energético no permitan la participación de aquellas centrales de generación que usen minerales altamente emisores de CO2 y que sus minerales no provengan de actividades extractivas ajustadas a buenas prácticas empresariales; esto último considerando que la explotación de algunos minerales proviene del interés de los ilegales por obtener recursos naturales sin ningún tipo de control en su accionar minero.

En términos generales, el mecanismo que se defina para permitir la contratación  a  largo  plazo  de proyectos de generación de energía debería considerar no solo los bajos costos operativos de una central de generación sino también la sostenibilidad que el proyecto puede aportar a nuestra política pública de descarbonización.

  Hemberth SuárezSocio de OGE Legal Services [email protected]

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